VII Convenio Colectivo de Enseñanza Concertada (2020-2024)
Ámbito de Aplicación
- Territorial: Toda España, aunque las Comunidades Autónomas pueden negociar convenios propios.
- Empresas Afectadas: Centros privados no universitarios con financiación pública parcial o total.
- Personal Afectado: Todo el personal con contrato laboral en dichas instituciones.
Vigencia
- Desde el 1 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2024.
- Prórroga automática salvo denuncia expresa con 2 meses de antelación.
- Efectos económicos retroactivos desde 2020.
Clasificación del Personal
El personal se organiza en 4 grandes grupos profesionales:
- Docente: profesores, orientadores, directores, etc.
- Administración: auxiliares, jefes de administración, etc.
- Servicios: limpieza, cocina, mantenimiento, vigilancia, etc.
- Complementario Titulado: profesionales con titulaciones medias o superiores no docentes.
Contratación
- Predominio del contrato indefinido.
- Límite del 25% de temporalidad (excepto interinos y sustituciones).
- Se regulan contratos formativos, en prácticas, de obra y servicio, relevo, etc.
- Posibilidad de conversión automática a indefinido
Jornadas y Vacaciones
- Docentes: 1.180 horas anuales (máx. 850 lectivas).
- Educación Infantil (0-3 años): hasta 1.620 h anuales.
- Administración y Servicios: 1.570 h anuales.
- Vacaciones: 1 mes retribuido anual + periodos sin actividad (julio/agosto, Navidad, Semana Santa).
- Jornadas adaptadas a cada categoría.
Retribuciones
- Salarios regulados por tablas según categoría y jornada.
- Pagas Extra: 2 anuales (julio y diciembre).
- Trienios y pluses por antigüedad, nocturnidad, residencia y funciones específicas.
- Complementos salariales por enfermedad o baja laboral.
- Administración educativa abona directamente al personal docente en pago delegado.
Derechos y Permisos
- Permisos retribuidos por matrimonio, fallecimientos, mudanzas, consultas médicas, etc.
- Permiso de lactancia y reducción de jornada por cuidado de hijos o familiares.
- Excedencias por maternidad/paternidad, cuidado de familiares, formación, violencia de género, entre otros.
Seguridad Laboral y Representación
- Cumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
- Delegados y Comités de Prevención en centros con más de 50 trabajadores.
- Comisión Paritaria para resolver conflictos e interpretar el convenio.
